Hasta
el momento he ido haciendo entregas, una tras otra, pero sin tener definidos
los conceptos fundamentales de mi proyecto. Me han ido surgiendo motivaciones,
he ido encontrando referencias, vinculando mi proyecto a entornos diferentes. He
ido identificándome con formas de vida. Pues bien, esta entrega pretendo que
sea como recopilación de lo que hasta ahora es mi proyecto, incluyendo por
supuesto la legislación que en parte me está haciendo abrir los ojos.
En
mi proyecto, desde muy temprano empezaron a adquirir valor los objetos, las
pertenencias de alguien. Pienso que todos nosotros podríamos definir una serie
de objetos de los que nos costaría mucho separarnos, como por ejemplo la cama,
el ordenador, la ropa,… e incluso un espejo en el que mirarnos, porque a todos
nos importa nuestra apariencia física. Son actitudes de nuestra sociedad y
estamos apegados a ellas.
El
viernes pasado pensé que ya había encontrado mi entorno perfecto, en el que podría
crecer y aportar. Los “okupas” parecían asemejarse a mi ficción creada sobre
Maria Langarita, pero no fue así. Es cierto que viven con los objetos mínimos,
que los transportan de un lugar a otro y que los depositan donde puedan
quedarse durante un tiempo, pero estos objetos son bien diferentes a los que yo
defino. Es otra forma de vida. Por lo tanto tengo que definir mejor que se
busca en mi casa y que no.
En
mi casa están mis cosas, estoy yo. Está en la ciudad, porque sin esta no podría existir. En mi casa se
duerme, hay soledad. Estoy sola, pero a menos de un paso puedo estar
con más personas. No se encuentra en un lugar fijo. Puede estar tanto en espacio público como en
espacio privado. Se sitúa allí donde yo la necesite, siempre y cuando las
reglas me lo permitan.
Es
aquí donde entra la legislación. La semana pasada hable de ocupar un espacio
privado mediante la negociación privada con el propietario, y esta podría tener
algo que ver con el patrimonio histórico, hacer partícipe de él al lugar ocupado,
mediante una serie de actividades socioculturales o algo parecido. La ordenanza
de ocupaciones del suelo de la via pública de la provincia de Madrid me da
alguna pistas sobre cómo hacerlo, ya que habla de la legalidad e ilegalidad de
algunas actividades.
Esto define un concepto fundamental en mi casa. Ahora ya
no me puede servir solo a mí, sino que el resto de la ciudad debe de
aprovecharse de ella. Debe ser nexo de unión de las personas con la ciudad. ¿ Y
cómo podría hacerlo teniendo en cuenta la condición de mi casa? Podría ofrecer
mis objetos para uso colectivo, pero esto se saldría de los límites de mi
ficción. Pódria vender algún producto artesanal, pero cuento con que Maria ya
dispone de su trabajo y por lo tanto en ese sentido ya aporta a la sociedad.
Podria invitar a gente a disfrutar de mi casa, pero solo quepo yo y como mucho
2 o 3 personas invitadas. Mi casa podría ofrecer a las personas que le rodean
parte de mi historia. Podría hacerles partícipes de lo que mi casa dispone en
su interior. He de tener en cuenta que hablo de que mi casa puede ocupar el
espacio público y el privado. Por lo que la función habrá de cambiar. Mutará dependiendo del espacio en el
que me encuentre, porque las necesidades de ese espacio serán diferentes. Ofrezco una experiencia, no solo visual,
sino sensorial, pero es posible que esto lo ofrezca una vez yo ya no esté en su interior. Hablo de estructuras efímeras que sirvan en un momento como vivienda y mas tarde cambien de uso.
Se
puede observar aquí la diferencia con el modo de vida okupa. Se apropian del
espacio privado, usándolo para unas actividades que pueden estar más o menos
bien.
“El que ocupare, sin
autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan
morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado
con la pena de multa de tres a seis meses.”
En
el caso de los okupas de los edificios de la plaza de España de los que hablaba
el viernes el dueño no sólo no autoriza a la entrada en la finca por parte del
ocupante, sino que además ésta se produce en ocasiones mediando fuerza en las
cosas. En mi casa esta ocupación del lugar se realizará con la voluntad del
propietario, ya que se podrá beneficiar de lo que yo propongo.
Esta
legislación me ha ayudado a avanzar bastante en mi proyecto, definiendo unas condiciones
de oferta que pienso que van a definir en gran parte mi proyecto. A partir de
este punto pienso redefinir todos los aspectos tratados en clase.